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Preguntas más frecuentes sobre el derecho a desistir, cuando hemos comprado por Internet

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Preguntas más frecuentes sobre el derecho a desistir, cuando hemos comprado por Internet

¿Habéis comprado algún producto a Internet y por algún motivo lo queréis volver? Pues tenéis unos días para reflexionar sobre vuestra compra y devolver el producto, sin necesidad de dar ninguna explicación. Aquí tenéis información sobre cómo lo podéis ejercer.

¿Qué es el derecho de desistir, en el comercio electrónico?

Es la facultad del consumidor y usuario de dejar sin efecto el contrato suscrito, notificándolo así a la otra parte contratante, en el plazo establecido para el ejercicio de este derecho, sin necesidad de justificar su decisión y sin penalización de ninguna clase.

¿Se aplica a todos los productos el derecho de desistimiento?

No. En algunos productos no tiene sentido, como en el caso de:
  • El suministro de grabaciones sonoras o de vídeo precintado o de programas informáticos precintados que hayan sido desprecintados por el consumidor y usuario después de la entrega.
  • El suministro de prensa diaria, publicaciones periódicas o revistas, con la excepción de los contratos de suscripción para el suministro de tales publicaciones.
  • El suministro de bienes confeccionados conforme a las especificaciones del consumidor y usuario o claramente personalizados.
  • El suministro de bienes que puedan deteriorarse o caducar con rapidez.
  • El suministro de bienes precintados que no sean aptos para ser devueltos por razones de protección de la salud o de higiene y que hayan sido desprecintados después de la entrega.
  • El suministro de servicios de alojamiento para fines distintos al de servir de vivienda, transporte de bienes, alquiler de vehículos, comida o servicios relacionados con actividades de ocio, si los contratos prevén una fecha o un periodo de ejecución específicos.
  • El suministro de contenido digital que no se preste en un soporte material cuando la ejecución haya comenzado y, si el contrato impone al consumidor o usuario una obligación de pago.

¿Cuándo empieza a contar el plazo?

En el comercio electrónico, el plazo es de 14 días naturales, como mínimo. Todo lo que supere los 14 días es un derecho de desistimiento contractual.
Cuando la empresa ha informado correctamente del derecho a desistir el plazo comienza desde la recepción del bien objeto del contrato o desde la celebración del mismo si el objeto del contrato fuera la prestación de servicios.
Si la empresa no ha informado, el plazo para su ejercicio finalizará doce meses después de la fecha de expiración del periodo de desistimiento inicial, a contar desde que se entregó el bien contratado o se hubiera suscrito el contrato, si el objeto de éste fuera la prestación de servicios.
Si el deber de información y documentación se cumple durante el plazo de doce meses, el plazo legalmente previsto para el ejercicio del derecho de desistimiento empezará a contar desde ese momento.
 

¿Qué hay que tener en cuenta en cuanto a la devolución de los productos?

La persona consumidora tiene un plazo máximo de 14 días naturales, para devolver el producto.
El ejercicio del derecho de desistimiento no implica ningún gasto para el consumidor y usuario, pero antes de comprar debe mirarse si la empresa se ofrece a recoger los bienes, porque si no, es la persona consumidora quien debe hacerse cargo de los costes directos de devolución. Si no se ha facilitado esta información, por parte de la empresa, no debe asumir estos costes.
 

¿Qué hay que tener en cuenta en cuanto a la devolución del dinero?

La empresa devolverá el dinero, antes de que hayan transcurrido 14 días naturales.
Si la empresa no los devuelve en este plazo la persona consumidora, puede reclamar el doble del importe pagado, sin perjuicio de que además se le indemnicen los daños y perjuicios que se le hayan causado en lo que excedan de esta cantidad.
 

¿Qué pasa si la compra se financió?

Si el precio a abonar por el consumidor y usuario ha sido total o parcialmente financiado mediante un crédito concedido por el empresario contratante o por parte de un tercero, previo acuerdo de éste con el empresario contratante, el ejercicio del derecho de desistimiento implica también la resolución del crédito sin ninguna penalización para el consumidor y usuario.
 

¿Qué pasa si la compra llevaba otros contratos complementarios?

El ejercicio, por parte del consumidor y usuario de su derecho de desistimiento tiene por efecto la extinción automática y sin coste alguno para el consumidor y usuario de todo contrato complementario, pero puede tener que asumir algunos costes referentes a la modalidad de pago y a la devolución de los productos.
 

¿Hay contratos especiales donde no se aplica el régimen general de desistimiento?

Sí.
Por ejemplo los contratos de actividades de juego por dinero que impliquen apuestas de valor monetario en juegos de azar, incluidas las loterías, los juegos de casino y las apuestas, a los contratos de servicios financieros, a los contratos relativos a los viajes combinados, a los contratos para el suministro de productos alimenticios, bebidas u otros bienes de consumo corriente en el hogar,  suministrados físicamente por un empresario mediante entregas frecuentes y regulares en el hogar o lugar de residencia o de trabajo del consumidor y usuario o a los contratos de servicios de transporte de pasajeros.
 

¿Hay desistimiento en los contratos de servicios financieros?

La normativa específica de los servicios financieros también contempla el derecho de desistimiento, pero éste no se aplica en todos los productos financieros.
 
Por ejemplo, no se aplica a:
Servicios financieros cuyo precio dependa de fluctuaciones de los mercados financieros que el proveedor no pueda controlar, que pudieran producirse durante el plazo en el transcurso del cual pueda ejercerse el derecho de desistimiento.
En los contratos de seguros de viaje, equipaje o seguros similares de una duración inferior a un mes. Pero si en los seguros de vida.
Tampoco se aplican en los planes de pensiones.
 

Cuando hay derecho de desistimiento, ¿qué plazo se aplica?

La persona consumidora dispone de un plazo de catorce días naturales para desistir del contrato a distancia, sin necesidad de indicar los motivos y sin ninguna penalización. Este plazo se amplía hasta 30 días naturales, en el caso de los contratos relacionados con seguros de vida.
El plazo comienza a correr desde el día de la firma del contrato, excepto en relación con los seguros de vida, y en este caso el plazo comenzará cuando se informe al consumidor de que el contrato ha sido suscrito.
Como siempre, hay que tener en cuenta que si la persona consumidora no recibe de la entidad financiera la información precontractual necesaria, en estos casos el plazo no empezará a contar hasta el día en que reciba la citada información.
 

¿Qué gastos debe pagar la persona consumidora si desiste del contrato?

La persona consumidora que ejerza el derecho de desistimiento sólo estará obligada a pagar, lo antes posible, el servicio financiero realmente prestado por el proveedor de conformidad con el contrato, hasta el momento del desistimiento.
Este importe no puede rebasar el importe proporcional de la parte ya prestada del servicio comparada con la cobertura total del contrato, ni puede ser, en ningún caso, de tal magnitud que equivalga a una penalización.
Pero el proveedor no puede exigir ningún pago a la persona consumidora en cualquiera de las siguientes situaciones:
  1. a) Si no demuestra que le ha facilitado la información relativa al importe que el consumidor pueda tener que abonar para desistir del contrato.
  2. b) Si inicia la ejecución del contrato, sin haberlo solicitado el consumidor, antes de que expire el periodo de desistimiento.

¿Qué plazo hay para devolver el dinero?

El proveedor debe reembolsar a la persona consumidora, lo antes posible, y dentro de un plazo máximo de treinta días naturales, cualquier cantidad que haya percibido de éste conforme a lo establecido en el contrato a distancia, excepto los gastos que correspondan. Y este plazo se iniciará el día en que el proveedor reciba la notificación del desistimiento.
Por su parte, la persona consumidora debe devolver al proveedor cualquier cantidad que haya recibido de éste, lo antes posible, y, en todo caso, en el plazo máximo de treinta días naturales, a contar desde la notificación del desistimiento.
 

¿Y si hay otros contratos vinculados?

En el caso de que al contrato a distancia sobre el que se haya ejercido el derecho de desistimiento, se le haya vinculado otro contrato a distancia de servicios financieros prestados por el mismo proveedor o por un tercero, previo acuerdo con el proveedor, este contrato adicional también quedará resuelto, sin ninguna penalización.
 

¿Hay desistimiento en los créditos al consumo?

Sí, se ha hecho a distancia. En este caso tenemos 14 días naturales.
El plazo empieza a contar, en la fecha de suscripción del contrato de crédito o bien, si fuera posterior, en la fecha en que el consumidor reciba las condiciones contractuales y la información legalmente requerida.
 

¿Qué se debe hacer para ejercer el derecho de desistimiento de un crédito al consumo?

  1. a) Comunicarlo al prestador antes de que pasen los 14 días.
  2. b) Pagar al prestador el capital y el interés acumulado sobre este capital entre la fecha de disposición del crédito y la fecha de reembolso del capital, sin ningún retraso indebido y a más tardar al cabo de 30 días naturales de haber enviado la notificación de desistimiento al prestador.