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Salud pública

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Salud pública

Ejercemos las competencias que establece el artículo 52 de la Ley 18/2009, de 22 de octubre, de Salud Pública de Cataluña destinadas a fomentar la salud individual y colectiva y a impulsar la adopción de estilos de vida saludables mediante las intervenciones adecuadas en materia de información, comunicación y educación sanitarias. También para garantizar la inocuidad y salubridad de los productos alimenticios y a preservar la salud de la población ante los agentes físicos, químicos y biológicos presentes en el medio.

Ponemos a su disposición las herramientas para resolver las quejas y las denuncias asociadas al riesgo para la salud derivadas de las aguas de consumo público, los equipamientos públicos y en los lugares habitados, las piscinas, las actividades de tatuaje, micropigmentación y piercing, los productos alimentarios en las actividades del comercio minorista, los animales domésticos, los municipales para mejorar los niveles de salud de la ciudadanía, mediante la actuación sobre sus principales determinantes, tanto estructurales como de estilos de vida, considerando que la mayoría de las políticas públicas pueden influir en la salud y en su distribución equitativa en la sociedad.

 

 

Documento informativo: Què heu de fer en cas d'una onada de calor? 

 

El Plan Municipal de la Salud Pública
En 2018 aprobamos el nuevo Plan de salud que es la herramienta que debe orientar las políticas de salud pública que se han de llevar a cabo en la ciudad. A partir del conocimiento del estado de salud de la población y de sus determinantes establecen periódicamente unas prioridades con objetivos temporales que deben ser realizables y evaluables.

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