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Ayudas al pago del alquiler

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Ayudas al pago del alquiler

El Plan para el derecho a la vivienda vigente prevé ayudas para pagar el alquiler dirigidos a diferentes colectivos susceptibles de ser excluidos socialmente por motivos residenciales. Actualmente existen las siguientes campañas disponibles:

¿Qué son?

Son subvenciones para facilitar la emancipación y el disfrute de una vivienda o habitación en régimen de alquiler o de cesión de uso para personas jóvenes que en el momento de presentar la solicitud tengan hasta 35 años, la edad de 35 años incluida.

 

¿A quién se dirige?

A personas físicas, jóvenes de 35 años o menos, que sean titulares de un contrato de alquiler o de cesión de uso de una vivienda o habitación que constituya su domicilio habitual y permanente, dentro del territorio de Catalunya.

Plazos

El plazo de presentación de las solicitudes se inicia el 23 de marzo y finaliza el 5 de abril de 2023. Las ayudas no se dan por orden de llegada de las solicitudes. Se valorarán y se aplicaran las puntuaciones de los expedientes para su concesión. 

 

Solicitud

Se puede solicitar por cualquier de los siguientes canales:

    1. OPCIÓN RECOMENDADA Tramitación telemática a Trámites gencat aquí. (Instrucciones para presentar la documentación). Enlace para subir más documentación una vez cursada la solicitud.

  1. A través de la sede electrónica municipal.
  2. Presencialmente en la Oficina Local de Vivienda. Hará falta solicitar cita previa obligatoria aquí. Se recuerda que no se atenderá a las personas sin cita previa o que no lleguen a su hora programada.

 

Requisitos

  • Estar empadronado en la vivienda. (No se aceptan contractos de alquiler entre personas con parentesco).
  • Ingresos: Se establecen unos límites máximos que no sobrepasen los 23.725,79 € (2,977736 veces el indicador de renta de suficiencia (IRSC)).
  • Importes máximos de alquiler mensual: No pagar un alquiler o precio de cesión de uso mensual por una vivienda o habitación superior a los importes:
    • Cuando se trate de una vivienda: 950 € (Para familias numerosas, familias monoparentales y por unidades de convivencia con algún miembro con discapacidad legalmente reconocida y baremo movilidad favorable, este importe máximo será de 1.100 €)
    • Cuando se trate de una habitación: 450 €

 

Documentación necesaria

Se tiene que rellenar y aportar la documentación siguiente:

Sol·licitud de subvencions per al pagament del lloguer o cessió d'us

Sol·licitud de transferència bancària per a pagaments de l'Agència de l'Habitatge de Catalunya (àrea SEPA)

 

Més informació

 

Archivos adjuntos

¿Qué son?

Son subvenciones para facilitar el acceso y permanencia a los sectores de la población con riesgo de exclusión social 

¿A quién va dirigido?

A personas que sean de entre 36 y 64 años que sean titulares de un contrato de alquiler o cesión de uso que constituya su domicilio habitual y permanente en el territorio de Catalunya y cumpla con los requisitos de la convocatoria.

 

Plazos

El plazo de presentación de las solicitudes se inicia el 11 de abril y finaliza el 12 de mayo de 2023. Las ayudas no se dan por orden de llegada de las solicitudes. Se valorarán y se aplicarán las puntuaciones de los expedientes para su concesión.

 

Solicitud

Se puede solicitar la ayuda por cualquier de los siguientes canales: 

    1. OPCIÓN RECOMANDADA Tramitación telemática a Trámites gencat aquí. (Instrucciones para presentar la documentación). Enlace per subir más documentación una vez cursada la solicitud.

  1. Mediante la sede electrónica municipal.
  2. Presencialmente a la Oficina Local de Vivienda. Hará falta solicitar cita prévia obligatoria  aquí. Se recuerda que no se atenderá a personas sin cita previa o que no llegue a su hora programada.

 

Requisitos

  • Estar empadronado a la vivienda. (No se acepta contratos de alquiler entre personas que tengan parentesco).
  • Ingresos: Se establecen unos límites máximo que no sobrepasen los 23.725,79 € (2,977736 veces el indicador de renta de suficiencia (IRSC)).
  • Importes máximos de alquiler mensual: No pagar un alquiler o precio de cesión de uso mensual para vivienda o habitación superior a los siguientes importes:
    • Cuando se trate de viviendas:
      • 900 € en el ámbito Metropolitano de Barcelona (Baix Llobregat, Barcelonès, Maresme, Vallès Occidental, Vallès Orienta):
    • Cuando se trate de habitaciones: 
      • 450 € 

Documentación necesaria

Se tiene que rellenar y aportar la siguiente documentación: 

 

Sol·licitud de transferència bancària per a pagaments de l'Agència de l'Habitatge de Catalunya (àrea SEPA)

 

Más informació

¿Qué son?

Son subvenciones para facilitar el acceso y la permanencia a sectores de la población con riesgo de exclusión social.

 

¿A quién va dirigido?

A personas mayores de 65 años que sean titulares de un contrato de alquiler o cesión de uso que constituya su domicilio habitual y permanente en el territorio de Catalunya y cumpla con los requisitos de la convocatoria.

Plazos

El plazo para presentar la solicitud se inicia el 11 de abril y finaliza el 12 de mayo de 2023. Las ayudas no se dan por ordne de llegada de las solicitudes. Se valorarán y se aplicarán las puntuaciones de los expedientes para su concesión.

Solicitud

Se puede solicitar la ayuda por cualquier de los siguentes canales:

    1. OPCIÓN RECOMANDADA Tramitación telemática a Trámites gencat aquí. (Instrucciones para presentar la documentación). Enlace para subir más documentación una vez cursada la solicitud.

  1. Mediante la sede electrònica municipal.
  2. Presencialmente en la Oficina Local de Vivienda. Hará falta solicitar cita previa obligatoria  aquí. Se recuerda que no se atenderá a las personas sin cita previa o que no lleguen a su hora programada. 

 

Requisitos

  • Estar empadronado en la vivienda. (No se aceptan contratos de alquiler entre personas que tenga parentesco). 
  • Ingresos: Se establecen unos límites máximos que no sobrepasen los 23.725,79 € (2,977736 veces el indicador de retna de suficiencia (IRSC)).
  • Importes máximos de alquiler mensual: No pagar un alquiler o precio de cesión de uso mensual por vivienda o habitación superior a los siguientes importes: 
    • Cuando se trate de una vivienda:
      • 900 € en el Ámbito Metropolitano de Barcelona (Baix Llobregat, Barcelonès, Maresme, Vallès Occidental, Vallès Orienta).
      • 650 € En el resto de la demarcación de Barcelona
      • 900 € Para familias numerosas, familias monoparentales y unidades de convivencia con algún miembro con discapacidad legalmente reconocida y baremo movilidad favorable, en todo el territorio de Catalunya. 
    • Cuando se trate de una habitación: 
      • 450 € en el  Ámbito Metropolitano de Barcelona (Baix Llobregat, Barcelonès, Maresme, Vallès Occidental, Vallès Orienta).
      • 350 € En el resto de la demarcación de Barcelona

 

Documentación necesaria

Se tiene que rellenar y aportar la siguiente documentación: 

 

Sol·licitud de transferència bancària per a pagaments de l'Agència de l'Habitatge de Catalunya (àrea SEPA)

 

Más informació