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Programa 5: Ayudas a la elaboración del libro de edifico existente para la rehabilitación y la redacción de proyectos de rehabilitación

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Programa 5: Ayudas a la elaboración del libro de edifico existente para la rehabilitación y la redacción de proyectos de rehabilitación

¿Qué son?

Esta línea de subvención va dirigida para la implementación y generalización del Libro del edificio existente para la rehabilitación, así como el desarrollo de proyectos técnicos de rehabilitación integral, con el propósito de activar la demanda de rehabilitación energética signficativa y de alta calidad en los edificios.

¿Quién puede acceder a las subvenciones?

  • Propietarios de inmuebles, personas físicas o jurídicas (propietarios, usufructuarios o arrendatarios)
  • Administraciones públicas
  • Entidades de derecho público, empresas públicas y sociedades mercantiles participantes.
  • Comunidades de propietarios
  • Agrupaciones de comunidades de propietarios
  • Sociedades cooperativas

 

¿Qué requisitos se tiene que cumplir?

Las actuaciones deberán finalizar antes del 30 de junio de 2026.

Requisitos de los edificios:

  • Estar finalizadas antes del año 2000.
  • Que al menos el 50% de la superficie construida sobre la rasante, excluyendo la planta baja o planta inferiores si tiene otros usos diferentes al residencial, tengan uso residencial de vivienda.
  • Haber presentado delante de la AHC la solicitud del certificado de aptitud en un plazo máximo de 4 meses desde la emisión del Informe Técnico del Edificio (IITE) y con anterioridad a la presentación de la solicitud de la subvención.

¿Qué actuaciones son subvencionables?

Implementación y generalización del Libro del Edificio Existente para la rehabilitación, de acuerdo con el punto 2.3 del anexo 3 de la Resolución DSO/825/2022, de 22 de marzo.

Desarrollo de proyectos técnicos de rehabilitación integral de edificios de acuerdo con los límites establecidos, con el propósito de activar la demanda de una rehabilitación energética significativa y de alta calidad en los edificios, según el punto 3 de del anexo 3 de la Resolución DSO/825/2022, de 22 de marzo.

 

Cuantía de las ayudas:

Para el Libro del Edificio:

Número de viviendas
Cantidad
Cantidad máxima
Viviendas unifamiliares o plurifamiliares hasta a 20 viviendas
700 € + 60 € por vivienda
1.900 €
viviendas plurifamiliars de más de 20 viviendas
1.100 € + 40 € por vivienda
3.500 €

 

Para proyectos de rehabilitación:

Número de viviendas
Cantidad
Cantidad máxima
Viviendas unifamiliares o plurifamiliares hasta a 20 viviendas
4.000 € + 700 € por vivienda
18.000 €
Viviendas plurifamiliares de más de 20 viviendas
12.000 € + 300 € por vivienda
30.000 €

 

No se aplicará la posibilidad de incrementar la ayuda por no disponer de Inspección Técnica del Edificio (IITE) , e Informe de Inspección Técnica del Edificio (IITE) prevista en el último párafo del artículo 53.1 del Real decreto 853/2021, de 5 de octubre.

Compatibilidades e incompatibilidades:

Esta ayuda es compatible con cualquier otra ayuda pública para el mismo objeto, siempre que no se supere el coste total de las intervenciones y las otras ayudas lo permitan.

Serán compatibles con cualquier otra ayuda pública de fondos europeos para diferentes actuaciones. 

El Libro del Edificio Existente para la rehabilitación és compatible con las ayudas del programa 1, ayudas a las actuaciones de rehabilitación de barrios, o el programa 3, de ayudas a las actuaciones de rehabilitación de edificios, de la misma convocatoria. En este caso, si se obtiene la subvencion para estos programas, se descontará la cantidad recibida de la subvenció a cargo del programa 1 o 3. También es compatbile, en el caso de viviendas unifamiliares, con el programa 4, ayudas a las actuaciones de mejora de eficiencia energética en viviendas, siempre que este presentada la solicitud del a ITE.

¿Cómo se puede solicitar?

Hasta el 30 de noviembre de 2023 o hasta agotar los fondos.

¿Cómo se puede solicitar?

La petición la realizará el solicitante de la subvención o persona debidamente autorizada en este enlace.

En esta solicitud se indicarán las actuaciones que se solicita objeto de las ayudas de este programa.

Será necesario informar de la Identifiación (ID) de la IITE, presentada delante de la AHC para solicitar el certificado de aptitud, a partir de este identificador se rellenaran automaticamente los datos identificativos del edificio objeto de la subvención.

Documentación a aportar

Podéis consultar la documentación necesaria al Anexo 2 de la Resolución DSO/825/2022, de 22 de marzo.

Descarga los documentos:

  • RESOLUCIÓN DSO/825/2022, de 22 de marzo, por la cual se abre la convocatoria para la concesión, en régimen de concurrencia pública no competitiva, de subvenciones a la empara del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU, para las actuaciones del Programa de rehabilitación con respecto a edificios de tipología residencial unifamiliar y plurifamiliar, del Programa de actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas y del Programa para la elaboración del libro de edificio existente para la rehabilitación y la redacción de proyectos de rehabilitación.   PDF
  • RESOLUCIÓN DSO/1147/2022, de 20 de abril, de modificación de la Resolución DSO/825/2022, de 22 de marzo PDF
  • RESOLUCIÓN TER/4042/2022, de 19 de diciembre, de segunda modificación de la Resolución DSO/825/2022, de 22 de marzo, por la cual se abre la convocatoria para la concesión, en régimen de concurrencia pública no competitiva, de subvenciones a la empara del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU, para las actuaciones del Programa de rehabilitación con respecto a  edificios de tipología residencial unifamiliar y plurifamiliar, del Programa de actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas y del Programa para la elaboración del libro de edificio existente para la rehabilitación y la redacción de proyectos de rehabilitación (ref. BDNS 616994). PDF

 

Para más información:

habitatge@ajmataro.cat

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